Artículo 1 — Artículo 1
Declárase, por gracia especial, jubilado de la Nación al 2.° jefe de la Visturía Central de Aduanas, don Alejandro Sienra, con una asignación de dos mil ochocientos pesos anuales.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase, por gracia especial, jubilado de la Nación al 2.° jefe de la Visturía Central de Aduanas, don Alejandro Sienra, con una asignación de dos mil ochocientos pesos anuales.
Artículo 2 — Artículo 2
Queda suprimida del Presupuesto General de Gastos la partida correspondiente al cargo que desempeña el señor Sienra en la Dirección General de Aduanas.
Artículo 3 — Artículo 3
La pensión del señor Sienra no podrá ser transmitida sino en el monto que correspondería de acuerdo con la ley de Jubilaciones y Pensiones vigente.
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.