Ley7564·1923

ELECCIONES NACIONALES. JUNTAS ELECTORALES. ESCRUTINIO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16/03/1923

Fecha de publicación

17/03/1923

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Las Juntas Electorales que no hubieran terminado los escrutinios de la elección realizada el 26 de Noviembre de 1922 antes del vencimiento legal de su mandato, continuarán actuando al solo efecto de llevar a término los referidos escrutinios.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 16 de marzo de 1923Promulgación (7564)
  2. 17 de marzo de 1923Publicación (7564)