Ley7574·1923

FIJACION DE IMPUESTO. CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23/04/1923

Fecha de publicación

25/04/1923

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase un plazo hasta el 30 de Junio del corriente año para el pago de la Contribución Inmobiliaria en los Departamentos del litoral e interior. (*)

Artículo 2Artículo 2

El contribuyente que dentro del plazo del artículo anterior concurra a pagar todas o algunas de las cuotas que adeudare, aunque hubiese sido notificado judicial o administrativamente, estará exento de recargo.

Artículo 3Artículo 3

Los contribuyentes que hubieran abonado con recargo el impuesto del presente año tendrán derecho a la devolución de dicho recargo a la sola presentación de la planilla respectiva.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 23 de abril de 1923Promulgación (7574)
  2. 25 de abril de 1923Publicación (7574)