Ley7590·1923

TRANSPORTE FERROVIARIO. OBRAS PUBLICAS. SERVIDUMBRES LEGALES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de agosto de 1923

Fecha de publicación

14/06/1923

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Declárase extensivo a los ferrocarriles del Estado el beneficio de la imposición de la servidumbre de extracción de materiales, que establece la ley de fecha 4 de Diciembre de 1889, para la construcción de los caminos públicos, a los efectos de la busca y extracción de toda clase de materiales en los terrenos laterales, con destino a la conservación, reforma y mejora de las líneas de los citados ferrocarriles.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 8 de junio de 1923Promulgación (7590)
  2. 14 de junio de 1923Publicación (7590)