Artículo 1 — Artículo 1
Concédese por gracia especial a la señorita Ismeria Sánchez una licencia por el término de tres años para residir en el extranjero, con derecho al goce íntegro de la pensión que actualmente percibe, debiendo presentarse trimestralmente a la Legación o Consulado uruguayo más próximo a su domicilio, a fin de justificar su existencia.