Artículo 1 — Artículo 1
Concédese por gracia especial a la señora Amelia Sánchez de Risso una licencia por el término de cinco años para residir en el extranjero, con derecho al goce íntegro de la pensión que actualmente percibe, debiendo presentarse trimestralmente a la Legación o Consulado Uruguayo más próximo a su domicilio, a fin de justificar su existencia.