Ley7620·1923

AUTORIZACION PARA RESIDIR EN EL EXTRANJERO. OTORGAMIENTO DE PENSION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/09/1923

Fecha de publicación

22/09/1923

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Concédese por gracia especial al ciudadano Pedro B. Souza Gómez una licencia por el término de dos años para residir en el extranjero, con derecho al goce íntegro de la pensión que actualmente percibe.

Artículo 2Artículo 2

El interesado deberá presentarse trimestralmente a la Legación o Consulado Uruguayo más próximo a su domicilio, a fin de justificar su existencia.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 17 de setiembre de 1923Promulgación (7620)
  2. 22 de setiembre de 1923Publicación (7620)