Ley7628·1923

INSTITUTO FITOTECNICO Y SEMILLERO NACIONAL DE LA ESTANZUELA. OBRAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/09/1923

Fecha de publicación

26/10/1923

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

A los efectos de la aplicación de la ley de 3 de Julio del corriente año sobre ampliación del Instituto Fitotécnico y Semillero Nacional de la Estanzuela, declárase que las restricciones establecidas por el artículo 60 de la Ley Orgánica del Banco Hipotecario no rigen para el caso comprendido por aquella ley.

Artículo 2Artículo 2

Declárase que la planilla a que hace referencia el artículo 4.° de la ley de 3 de Julio de 1923 es la número 21 del Presupuesto General de Gastos (Ministerio de Industrias).

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 28 de setiembre de 1923Promulgación (7628)
  2. 26 de octubre de 1923Publicación (7628)