Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Consejo Nacional de Administración para disponer de Rentas Generales hasta la suma de diez mil pesos ($ 10.000.00) en los trabajos de extinción de la langosta.(*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Consejo Nacional de Administración para disponer de Rentas Generales hasta la suma de diez mil pesos ($ 10.000.00) en los trabajos de extinción de la langosta.(*)
Artículo 2 — Artículo 2
La suma establecida en el artículo precedente no podrá ser destinada a la creación de empleos.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.-
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.