Ley7658·1923

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA. AUTORIZACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/11/1923

Fecha de publicación

12 de mayo de 1923

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Queda autorizada la Presidencia de la República para invertir hasta la suma de cuarenta mil pesos en la instalación de una panadería militar, cantidad que se tomará del rubro "Raciones", del Presupuesto General de Gastos que rija para el ejercicio 1923-1924 (Departamento de Guerra y Marina).

Artículo 2Artículo 2

El presupuesto de la panadería militar será el siguiente: Sueldos Compensación Total 1 Encargado $ 960 -- --- $ 960 -- 2 Maestros de pala " 840 -- --- " 1.680 -- 2 Amasadores " 720 -- --- " 1.440 -- 2 Peones, soldados de la Compañía --- $ 120 -- " 240 -- Combustible y corriente eléctrica --- --- " 4.320 -- --------- $ 8.460 --

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 30 de noviembre de 1923Promulgación (7658)
  2. 5 de diciembre de 1923Publicación (7658)