Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Consejo Nacional de Administración para invertir con cargo a fondos sobrantes de diversas cuentas correspondientes al Ministerio de Obras Públicas, hasta la suma de $ 40.000.00 (cuarenta mil pesos), con destino a la reparación de los muelles de la Isla de Flores y de Colonia.