Ley7679·1923

DOCENTES. REMUNERACIONES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21/12/1923

Fecha de publicación

24/12/1923

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Destínase de Rentas Generales la cantidad de siete mil trescientos pesos ($ 7.300.00) para una gratificación extraordinaria de cien pesos a cada maestro y ayudante de los cursos nocturnos, que actualmente prestan servicios honorariamente.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 21 de diciembre de 1923Promulgación (7679)
  2. 24 de diciembre de 1923Publicación (7679)