Ley7706·1924

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA. AUTORIZACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/04/1924

Fecha de publicación

13/05/1924

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase a la Presidencia de la República para contribuir con la suma de siete mil pesos, que será girada anualmente a favor del Centro Militar y Naval como contribución del Estado para la adquisición de una propiedad que le servirá de sede. El término durante el cual se harán los giros es de cinco años.

Artículo 2Artículo 2

La cantidad de siete mil pesos a que se ha hecho referencia se imputará a las economías que se produzcan en los rubros de gastos del Ministerio de Guerra y Marina dentro del cincuenta por ciento no disponible, según el inciso 1.o del artículo 5.o de la ley de Presupuesto General de Gastos vigente.

Artículo 3Artículo 3

Queda derogada la ley de 6 de Octubre de 1922 que autoriza al Poder Ejecutivo para conceder con carácter precario para sede del Centro Militar y Naval, la planta baja del edificio de la calle 25 de Mayo número 518 al 528, adquirido por ley de Febrero de 1921.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 30 de abril de 1924Promulgación (7706)
  2. 13 de mayo de 1924Publicación (7706)