Ley7713·1924

CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES. BENEFICIOS JUBILATORIOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16/05/1924

Fecha de publicación

22/05/1924

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Concédese al señor Francisco Garello, por gracia especial, el derecho de acogerse a los beneficios de la ley de 12 de Julio de 1918 y 7 de Agosto de 1922, previo pago de los montepíos correspondientes.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 16 de mayo de 1924Promulgación (7713)
  2. 22 de mayo de 1924Publicación (7713)