Artículo 1 — Artículo 1
Concédese a la señora María Gómez de Lafone e hija licencia por el término de cuatro años para residir en el extranjero, con obligación de justificar su existencia trimestralmente ante el respectivo Consulado de distrito.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Concédese a la señora María Gómez de Lafone e hija licencia por el término de cuatro años para residir en el extranjero, con obligación de justificar su existencia trimestralmente ante el respectivo Consulado de distrito.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.-
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.