Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Consejo Nacional de Administración para negociar Letras de Tesorería hasta el valor de pesos 2.500.000 (dos millones quinientos mil pesos), de los que destinará un millón setecientos mil pesos ($ 1.700.000) a las obras programadas por el Ministerio de Obras Públicas en Enero de este año y trescientos mil pesos ($ 300.000) a iniciar la construcción del edificio para la Aduana. Las letras devengarán un interés no mayor del 6 % y serán rescatables en el plazo de un año.