Artículo 1 — Artículo 1
A los efectos de regularizar la situación de los directores, profesores y ayudantes que prestan servicios honorariamente en los cursos nocturnos, y la de los profesores de Corte y Confección de los cursos diurnos, incorporándose al Presupuesto General de Gastos (Ministerio de Instrucción Pública. Planilla número 7. Cursos nocturnos), los siguientes cargos: 3 Directores, a $ 720 c/u $ 2.160 56 Profesores de cursos especiales, a $ 600 cada uno " 33.600 14 Ayudantes, a $ 540.00 c/u " 7.560 18 Profesores de Corte y Confección, a $ 540.00 c/u " 9.720