Artículo 1 — Artículo 1
De Rentas Generales se entregará a la Caja de Pensiones Militares la suma de cincuenta y cinco mil pesos para el pago de las obligaciones correspondientes a los servicios a su cargo, en virtud del déficit comprobado de once mil pesos en el mes de Abril último y de cuarenta y cuatro mil pesos que se le producirá en los meses de Mayo y Junio de 1924. (*)