Ley7757·1924

DEUDA PUBLICA. EMISION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16/09/1924

Fecha de publicación

22/09/1924

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Amplíase en dos millones de pesos nominales ($ 2:000.000) la emisión de Deuda de Obras Públicas y Conversión de 6 1/2 o/o, los que se destinan a canjear los dos millones de títulos de Deuda de Obras Públicas y Conversión de 1918 que tiene actualmente en su poder la Asistencia Pública Nacional. La Oficina de Crédito Público, verificado el canje procederá, con las formalidades del caso, a extinguir los referidos dos millones de pesos de títulos Deuda de Obras Públicas y Conversión de 1918.

Artículo 2Artículo 2

La Asistencia Pública no podrá enajenar estos títulos a un tipo inferior al 93 o/o de su valor nominal, siendo de su cargo los servicios de intereses y amortización de los mismos.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 16 de setiembre de 1924Promulgación (7757)
  2. 22 de setiembre de 1924Publicación (7757)