Ley7764·1924

REGISTRO CIVICO NACIONAL. INSCRIPCIONES. PRORROGA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/09/1924

Fecha de publicación

10 de febrero de 1924

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase hasta el día 12 de Octubre inclusive del corriente año el período de inscripciones en el Registro Cívico, abierto de acuerdo con el artículo XXXIV de las disposiciones transitorias de la ley de 9 de Enero próximo pasado.

Artículo 2Artículo 2

Los juicios de exclusión podrán iniciarse en todo tiempo, ante las Oficinas Electorales Departamentales, hasta el 27 de Octubre de 1924 inclusive.

Artículo 3Artículo 3

La apertura del período de calificación estatuído por el artículo XXXV de las disposiciones transitorias de la ley de Registro Cívico Nacional se verificará el día 28 de Octubre de 1924, debiendo quedar clausurado el 31 de Diciembre del mismo año.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 30 de setiembre de 1924Promulgación (7764)
  2. 2 de octubre de 1924Publicación (7764)