Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase por gracia especial al ex marinero de mar de 1.a clase Francisco Beltrami, en su calidad de inválido, la suma de treinta pesos mensuales, con cargo a Rentas Generales. (*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase por gracia especial al ex marinero de mar de 1.a clase Francisco Beltrami, en su calidad de inválido, la suma de treinta pesos mensuales, con cargo a Rentas Generales. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
Lo dispuesto en el artículo anterior regirá desde la fecha de la invalidez, es decir, desde el 18 de Junio de 1922.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.