Ley7777·1924

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MAESTROS E INSPECTORES QUE ACTUARON DENTRO DE LOS AÑOS 1877 A 1879 EN ESCUELAS DEL ESTADO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13/11/1924

Fecha de publicación

17/11/1924

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial una pensión de sesenta pesos ($ 60.00) mensuales a los maestros e inspectores que hubiesen actuado entre el 24 de Agosto de 1877 y el 24 de Octubre de 1879, siempre que hubieran prestado servicios en las escuelas del Estado durante cinco años cuando menos. Este plazo no regirá para los que hayan servido durante todo el período a que se refiere el inciso anterior, y podrá ser reducido a la mitad si el interesado tuviera más de dos años de servicios durante dicho período. Decláranse comprendidos en los beneficios de esta ley a los maestros e inspectores de la "Escuela Elbio Fernández" que hayan actuado en el período vareliano. (*)

Artículo 2Artículo 2

El Consejo Nacional de Administración determinará, a petición de parte quiénes reúnen las condiciones que exigen.

Artículo 3Artículo 3

Esta pensión, que podrá ser acumulada a cualquier otra retribución recibida del Estado, es trasmisible íntegramente a la viuda y en un 50 % a los hijos menores e hijas solteras. (*)

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

  • Ninguna registrada.

Esta norma es afectada por

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 13 de noviembre de 1924Promulgación (7777)
  2. 17 de noviembre de 1924Publicación (7777)
  3. 28 de octubre de 1926Modifica redacción (8013)
  4. 28 de octubre de 1926Modifica (8013)