Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Consejo Nacional de Administración para destinar hasta la cantidad de 20.000 pesos, que se tomarán de Rentas Generales, a fin de reforzar el fondo ya votado para socorro a los obreros desocupados de la villa del Cerro y de Fray Bentos. Esta cantidad se invertirá principalmente en la adquisición de ropas y calzados que se distribuirán entre los obreros y sus respectivas familias.