Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Ministerio de Industrias para que el Instituto de Geología y Perforaciones practique los estudios hidrogeológicos necesarios para proveer de agua subterránea a la población de la villa de Lascano.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Ministerio de Industrias para que el Instituto de Geología y Perforaciones practique los estudios hidrogeológicos necesarios para proveer de agua subterránea a la población de la villa de Lascano.
Artículo 2 — Artículo 2
Destínase de Rentas Generales hasta la cantidad de trescientos pesos ($ 300.00) para los estudios previos que debe realizar el Instituto de Geología y Perforaciones; y si de su informe resultara la obra realizable, destínase hasta la suma de cuatro mil pesos (pesos 4.000.00) para la ejecución de la misma.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.