Ley7794·1924

DEUDA PUBLICA. EMISION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de octubre de 1924

Fecha de publicación

13/12/1924

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

El tipo de colocación de la Deuda de Obras Públicas y Conversión de seis y medio por ciento, no podrá ser inferior en más de dos puntos a la cotización de la Deuda Interna de Conversión, seis y medio por ciento de 1916, de acuerdo con el promedio que ésta haya obtenido en el mes anterior a aquél en que se deba realizar la venta. Regirá también para esa colocación lo dispuesto por ley de fecha 30 de Mayo de 1924.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 10 de diciembre de 1924Promulgación (7794)
  2. 13 de diciembre de 1924Publicación (7794)