Ley7813·1925

LEY DE ELECCIONES. SUSPENSION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/01/1925

Fecha de publicación

20/01/1925

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

En las elecciones a verificarse el 8 de Febrero del corriente año la Corte Electoral podrá suplir las garantías establecidas en la ley respecto a sellos, formularios, y publicaciones, si no hubiere tiempo para cumplir dichas disposiciones en absoluto, siempre que se reemplazaran las garantías establecidas por otras que fueran aprobadas por siete votos conformes de los miembros de la Corte Electoral, la cual comunicará cualquier modificación al respecto a las Juntas Electorales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 19 de enero de 1925Promulgación (7813)
  2. 20 de enero de 1925Publicación (7813)