Ley7814·1925

PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21/01/1925

Fecha de publicación

24/01/1925

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para aceptar el convenio firmado ad referéndum entre el Inspector General de Bancos y Sociedades Anónimas, señor Leopoldo Hughes, y el Consejo de Portadores de Títulos Extranjeros en Londres, así como lo acordado por el mismo funcionario con la "Banque de París et des Pays", respecto al servicio de las deudas Consolidades de 1891; Empréstito de Conversión de 1905 y de Obras Públicas de 1909 y Títulos 5 o/o oro de 1914.

Artículo 2Artículo 2

Autorízase igualmente el pago de la cantidad complementaria exigida por el nuevo régimen a aplicarse a dichos servicios para las amortizaciones.

Artículo 3Artículo 3

Se autoriza asimismo al Poder Ejecutivo para entregar al Inspector General de Bancos y Sociedades Anónimas, don Leopoldo Hughes, la cantidad de cinco mil pesos, como remuneración de gastos extraordinarios y como compensación a los importantes servicios prestados al país.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 21 de enero de 1925Promulgación (7814)
  2. 24 de enero de 1925Publicación (7814)