Ley7817·1925

PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. BIENES INMUEBLES. RECLAMOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29/01/1925

Fecha de publicación

2 de febrero de 1925

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para transar en la forma que estime más conveniente, y con la obligación de dar cuenta oportunamente a la Asamblea General, los pleitos pendientes o que puedan surgir en lo futuro con motivo de la denuncia hecha ante él por el agrimensor señor Julio de Medina, con fecha 25 de Marzo de 1912, referente a terrenos en los Pocitos.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 29 de enero de 1925Promulgación (7817)
  2. 2 de febrero de 1925Publicación (7817)