Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Consejo Nacional de Administración para tomar de Rentas Generales la cantidad de mil pesos, que pondrá a disposición del Comité Patriótico de Las Piedras, como contribución del Estado a las erogaciones que demanden los festejos a realizarse con motivo del próximo aniversario de la Batalla de Las Piedras.