Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Consejo Nacional de Administración para expropiar, con destino a la ampliación del local propia del Banco Hipotecario del Uruguay y de acuerdo con las disposiciones aplicables al caso de la ley general de Expropiaciones de 28 de Marzo de 1912, una parcela de terreno lindera con el mencionado edificio por sus fondos, perteneciente a la señora Matilde Regalía de Roosen y compuesta de una área de metros cuadrados 196.0052, según el respectivo plano levantado por el ingeniero señor Abel Birabén con fecha 6 de Febrero de 1925.