Artículo 1 — Artículo 1
Concédese por gracia especial a la señora abuela de Atilio Pelossi una pensión vitalicia de mil doscientos pesos anuales.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Concédese por gracia especial a la señora abuela de Atilio Pelossi una pensión vitalicia de mil doscientos pesos anuales.
Artículo 2 — Artículo 2
El Poder Ejecutivo adoptará las medidas necesarias para que los restos del señor Atilio Pelossi sean inhumanos en el Panteón de los Servidores de la Patria o trasladados a éste si ya lo hubiesen sido.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.