Artículo 1 — Artículo 1
Concédese a los señores Eduardo Veira, Enrique Etchart, Manuel González, Pedro Pasada, Juan Baccino y a las señoras Irene Páez de Silva y Antuña, viuda de don Emilio Silva y Antuña; Emilia N. de Alonso, viuda de don José Alonso; y doña Antonia Apestegui de Benítez, viuda de Manuel Benítez: el derecho de pedir la reforma de sus respectivas cédulas de jubilación, sobre la base de los sueldos que la ley actual del Presupuesto Municipal asigna a los cargos que aquellos señores desempeñaron, previa la respectiva justificación que harán ante la Caja respectiva, debiendo reintegrar el montepío correspondiente por las diferencias que resulten con los sueldos con que fueron jubilados.