Artículo 1 — Artículo 1
Queda autorizada la Presidencia de la República para girar con cargo a Rentas Generales la suma de dos mil setecientos catorce pesos con ochenta y seis centésimos ($ 2.714.86) a favor del Banco Popular del Uruguay, o a su orden, por el pavimento construido frente al inmueble que sirve de asiento al Batallón de Infantería número 4, empadronado con el número 21147 en la calle República entre Dante y Colonia.