Artículo 1 — Artículo 1
Queda autorizada la Presidencia de la República para reforzar durante el ejercicio corriente los siguientes rubros de la planilla número 57, Varios Gastos del Presupuesto de Guerra y Marina: A) Ejército - Alquileres de casas, reparaciones de edificios militares y arrendamiento de servidumbre de polígonos $ 3.500; agua, $ 6.000; servicio telefónico, $ 600; pasajes y fletes, $ 35.000, forrajes, pastoreos y herraduras, $ 8.500; raciones, $ 110.500; gastos de transportes, $ 5.000; útiles para el Ejército, 1.000. B) Marina - Alumbrado, $ 1.200; raciones, $ 16.000; capitanías, alumbrado, 200; raciones, $ 1.200.