Ley7901·1925

CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES CIVILES. PRESUPUESTO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/09/1925

Fecha de publicación

10 de febrero de 1925

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Durante el ejercicio económico 1925-1926 regirá para la Caja de Jubilaciones y Pensiones Civiles el siguiente presupuesto: Empleados: 1 Administrador general ...................... $ 4.800 -- 1 Secretario administrador ................... " 4.200 -- 1 Director de Contaduría y Contralor ......... " 3.840 -- 1 Asesor letrado ............................. " 4.200 -- 1 Jefe de la Sección Teneduría de Libros ..... " 3.240 -- 1 Jefe de la Sección Presupuesto ............. " 3.000 -- 1 Jefe de la Sección Contralor ............... " 3.000 -- 1 Tesorero ................................... " 3.600 -- 1 Cajero ..................................... " 1.800 -- 1 Prosecretario .............................. " 3.000 -- 1 Archivero .................................. " 1.800 -- 5 Oficiales 1.os a $ 1.800 ................... " 9.000 -- 4 Oficiales 2.os a $ 1.500 ................... " 6.000 -- 14 Auxiliares 1.os a $ 1.200 .................. " 16.800 -- 20 Auxiliares 3.os a $ 840 .................... " 16.800 -- 1 Conserje ................................... " 780 -- 2 Porteros a $ 720 ........................... " 1.440 -- Gastos: Alquiler de casa .............................. " 3.600 -- Gastos de oficina ............................. $ 10.000 -- Quebrantos de caja ............................ " 360 -- ----------- $ 101.260 --

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 28 de setiembre de 1925Promulgación (7901)
  2. 2 de octubre de 1925Publicación (7901)