Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Consejo Nacional de Administración, para descontar paulatinamente y a medida que las necesidades lo requieran Letras de Tesorería por valor de $ 1.500.000, a fin de poder continuar las obras de vialidad, de hidrografía, etc., ya en ejecución, y conservación de las mismas ínterin se arbitren los recursos definitivos para atender a la ejecución de esas obras en lo sucesivo.