Artículo 1 — Artículo 1
Destínase de Rentas Generales hasta la suma de $ 15.000.00 para la construcción de un edificio escolar en Santa Isabel, Departamento de Tacuarembó.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Destínase de Rentas Generales hasta la suma de $ 15.000.00 para la construcción de un edificio escolar en Santa Isabel, Departamento de Tacuarembó.
Artículo 2 — Artículo 2
Destínase a la misma construcción el terreno, materiales y dinero donados a este fin por el vecindario de Santa Isabel.
Artículo 3 — Artículo 3
Destínase hasta la suma de $ 15.000.00 para la construcción de un edificio escolar en la Villa de Castillos, Departamento de Rocha, siempre que el vecindario done igual cantidad de dinero y de materiales que en Santa Isabel y se proporcione además el terreno necesario para dicha obra.
Artículo 4 — Artículo 4
El Consejo Nacional de Administración dispondrá la ejecución de las obras, con arreglo a los planos y antecedentes que existen en el Ministerio de Instrucción Pública.
Artículo 5 — Artículo 5
Destínase también de Rentas Generales hasta la suma de $ 20.000.00 para la construcción de un edificio escolar en la villa Sarandí, Departamento de Florida. El edificio se levantará, de acuerdo con los planos que ejecutarán las autoridades competentes, en el terreno que con ese fin donará la Comisión de los Treinta y Tres que actúa en la citada localidad de Sarandí y previa conformidad del Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal en cuanto a la ubicación del edificio a construirse.
Artículo 6 — Artículo 6
Destínase de Rentas Generales hasta la suma de $ 10.000.00 para la construcción de un edificio escolar en el paraje histórico conocido por "Asencio", quedando cometida al Concejo de Administración de Soriano la ubicación de la escuela, previa consulta al Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal, y estándole cometida también la percepción de donaciones privadas que se hagan con dicho fin, las que deberán ascender, por lo menos, al tercio del costo total de la obra.
Artículo 7 — Artículo 7
Comuníquese, etc.-
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.