Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Consejo Nacional de Administración para afectar a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay hasta la suma de diez millones de pesos oro, provenientes del empréstito de seis por ciento contratado con la firma Hallgarten y C.ª, de Nueva York, en cambio de igual cantidad en billetes de aquella institución de crédito.