Artículo 1 — Artículo 1
El actual Consejo de la Asistencia Pública Nacional continuará en sus funciones hasta la terminación de su mandato legal.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
El actual Consejo de la Asistencia Pública Nacional continuará en sus funciones hasta la terminación de su mandato legal.
Artículo 2 — Artículo 2
En todas las dependencias de la Asistencia Pública Nacional se aplicarán las leyes de salario mínimo, jornada de ocho horas y descanso semanal.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.-
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.