Ley7993·1926

IMPRENTA NACIONAL. DIARIO OFICIAL. AUTORIZACION PARA DISPONER RECURSOS DE RENTAS GENERALES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/09/1926

Fecha de publicación

18/09/1926

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Consejo Nacional de Administración para tomar de Rentas Generales, por una sola vez, la suma de cincuenta y cuatro mil quinientos pesos ($ 54.500) para la adquisición, con destino a la Imprenta Nacional, en la que se editará el "Diario Oficial", de linotipos, de una máquina rotativa, de tipos de imprenta, de una sección fotográfica para reproducir estados y balances, gastos de reparaciones de linotipos y máquinas existentes en el nombrado establecimiento y mudanza del mismo.(*)

Artículo 2Artículo 2

Sustitúyese la planilla número 6 del Ministerio de Industrias por la siguiente: Dirección y Administración del "Diario Oficial" 1 Director, Encargado del Registro de Leyes y Decretos $ 3.000 - 1 Administrador " 2.600 - 1 Oficial 1.° " 1.560 - 1 Contador " 1.440 - 1 Encargado del reparto y archivo " 1.320 - 2 Auxiliares a $ 960 cada uno " 1.920 - 1 Auxiliar " 720 - 1 Auxiliar " 720 - 3 Auxiliares a $ 720 cada uno " 2.160 - 1 Auxiliar " 840 - 1 Portero " 600 - Gastos de oficina y administración " 1.200 -

Artículo 3Artículo 3

Incorpóranse al presupuesto del Ministerio de Industrias, planilla número 12, los siguientes renglones: Gastos Papel $ 4.500 - Linotipistas, tipógrafos, corrector, etc. " 7.260 - Estereotipia de 70 páginas a $ 1.50 el pliego " 2.250 - Máquina y matricista " 2.400 - Estos gastos sólo se harán efectivos una vez que esté funcionando la Imprenta Nacional con la nueva maquinaria a adquirirse, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.º de esta ley.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 17 de setiembre de 1926Promulgación (7993)
  2. 18 de setiembre de 1926Publicación (7993)