Ley8003·1926

ASISTENCIA PUBLICA NACIONAL. ENAJENACION DE BIENES INMUEBLES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15/10/1926

Fecha de publicación

20/10/1926

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Transfiérese a la Asistencia Pública Nacional, con el destino que subsiguientemente se expresará, la posesión y el dominio sobre dos hectáreas de terreno de propiedad del Estado ubicadas en la villa de Castillos del Departamento de Rocha, que linda con la manzana 62, costado Este de la misma, según el plano respectivo de dicha población levantado por el agrimensor Manuel Laiz Alvarez en mensura judicial ordenada por el señor Juez Nacional de Hacienda, practicada en Febrero de 1908 y aprobada el 30 de Octubre de ese mismo año. Las referidas hectáreas de terreno son las adquiridas por el Estado por la transferencia que a su respecto y a título de oneroso le hiciera ante el señor Escribano Auxiliar de Gobierno y Hacienda don Elbio Estrada el señor Francisco Silva en escritura del 27 de Mayo de 1909. (*)

Artículo 2Artículo 2

La Asistencia Pública Nacional destinará el terreno que se le cede por esta ley para edificar en él el hospital que tiene proyectado, formación de un parque para convalecientes, jardines y huerto.

Artículo 3Artículo 3

La parcela de cinco hectáreas de que hizo cesión por testamento a favor de la Asistencia Pública el extinto don Carlos de Rossi será transferida por aquella institución al Concejo Auxiliar de Administración de la villa de Castillos, para usos comunales. La escrituración respectiva será de oficio y libre de impuestos y se efectuará ante el Escribano de Gobierno y Hacienda.

Artículo 4Artículo 4

El Consejo Nacional de Administración procederá a la transferencia que se dispone por el artículo 1.° de esta ley, con la documentación del caso, dando la posesión de los terrenos inmediatamente de su sanción a la Asistencia Pública Nacional.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 15 de octubre de 1926Promulgación (8003)
  2. 20 de octubre de 1926Publicación (8003)