Artículo 1 — Artículo 1
Concédese a la educacionista doña Dolores Martínez de Afonzo una pensión por gracia especial de setecientos veinte pesos ($ 720.00) anuales.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Concédese a la educacionista doña Dolores Martínez de Afonzo una pensión por gracia especial de setecientos veinte pesos ($ 720.00) anuales.
Artículo 2 — Artículo 2
El importe de la cantidad a que se ha hecho referencia se tomará de Rentas Generales.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.