Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Consejo Nacional de Administración para invertir de Rentas Generales hasta la suma de cinco mil pesos ($ 5.000.00) en los gastos que demande la erección de un monumento consagratorio de nuestro país a la memoria de Luis Beethoven. El Ministerio de Instrucción Pública designará una Comisión de carácter honorario que, bajo su Presidencia, se encargará de las gestiones necesarias para el cumplimiento de esta ley.