Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Consejo Nacional de Administración para tomar de Rentas Generales hasta la suma de cuarenta mil pesos ($ 40.000.00), destinada a los siguientes fines: A) Ocho mil doscientos ochenta y ocho pesos con cuarenta y un centésimos para reintegro de igual suma invertida por la Asociación Rural del Uruguay, según detalle adjunto, en obras ya efectuadas en el local de exposición del Prado. B) Hasta treinta y un mil setecientos once pesos con cincuenta y nueve centésimos ($ 31.711.59) para pago de obras a efectuarse en el mismo local.