Ley8085·1927

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. PABLO A. DUGROS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/06/1927

Fecha de publicación

25/06/1927

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial al decano de los Prácticos del río Uruguay y del río de la Plata don Pablo A. Dugrós, una pensión anual de mil cuatrocientos cuarenta pesos, transmisible a su hija soltera Matilde.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 20 de junio de 1927Promulgación (8085)
  2. 25 de junio de 1927Publicación (8085)