Artículo 1 — Artículo 1
Destínase de Rentas Generales la cantidad de cuarenta mil pesos ($ 40.000.00) para el pago del presupuesto de la Corte Electoral correspondiente al mes de Junio de 1927.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Destínase de Rentas Generales la cantidad de cuarenta mil pesos ($ 40.000.00) para el pago del presupuesto de la Corte Electoral correspondiente al mes de Junio de 1927.
Artículo 2 — Artículo 2
En tanto no sean fijados por ley los sueldos y las partidas para gastos correspondientes al presupuesto de la Corte Electoral ésta no podrá elevar ninguna asignación, liquidándose los sueldos con arreglo al pago hecho el 28 de Febrero de 1927.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.