Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase por gracia especial a la señora Alicia Mac-Coll de Jiménez de Aréchaga, viuda del ciudadano doctor Justino Jiménez de Aréchaga, y a sus hijos menores una pensión de tres mil pesos anuales.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
10 de abril de 1927
Fecha de publicación
10 de octubre de 1927
Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase por gracia especial a la señora Alicia Mac-Coll de Jiménez de Aréchaga, viuda del ciudadano doctor Justino Jiménez de Aréchaga, y a sus hijos menores una pensión de tres mil pesos anuales.
Artículo 2 — Artículo 2
Los gastos que originen las exequias del referido ciudadano serán costeados de Rentas Generales.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.-
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.