Artículo 1 — Artículo 1
Destínase de Rentas Generales hasta la suma de tres mil pesos ($ 3.000.00) para que el Consejo Universitario convenga con el Profesor Gastón Jeze la organización de un ciclo de conferencias sobre "Finanzas del Uruguay" y otro sobre "Derecho Público Uruguayo" y para la adquisición y publicación de esos estudios.