Ley8144·1927

PUERTOS. PUERTO DE COLONIA. OBRAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13/12/1927

Fecha de publicación

16/12/1927

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Amplíase con la suma de un millón ciento sesenta y dos mil noventa y tres pesos ($ 1.162.093.00) la cantidad autorizada por el artículo 1.° de la ley de 20 de Junio de 1923 para la construcción de obras portuarias en la ciudad de Colonia.

Artículo 2Artículo 2

La suma de un millón ciento sesenta y dos mil noventa y tres pesos ($ 1.162.093.00) se destinará a las siguientes obras e instalaciones: construcción de seiscientos metros de escollera de abrigo para el puerto, aumento de la escollera del muelle de cabotaje, instalación de depósitos, vías, guinches e imprevistos. (*)

Artículo 3Artículo 3

El Poder Ejecutivo tomará a su cargo la negociación de los "Bonos de instalación de zonas francas" que se autorizan por esta ley y los pagos de las obras e instalaciones enumeradas en el artículo 2.° se harán en efectivo.

Artículo 4Artículo 4

Los servicios de la nueva deuda se atenderán por Rentas Generales hasta tanto el puerto y zona Franca estén en funcionamiento. Seis meses antes de esa fecha el Poder Ejecutivo proyectará los impuestos que produzcan lo suficiente para atender los servicios de intereses y amortizaciones del total de la deuda emitida.

Artículo 5Artículo 5

Las obras se realizarán previa licitación.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 13 de diciembre de 1927Promulgación (8144)
  2. 16 de diciembre de 1927Publicación (8144)