Ley8174·1927

BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU). AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA. EMISION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26/12/1927

Fecha de publicación

1 de marzo de 1928

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Banco Hipotecario del Uruguay para emitir veinte millones de pesos ($ 20.000.000) en títulos hipotecarios correspondientes a la serie 27.

Artículo 2Artículo 2

Los títulos serie 27 gozarán de un interés del 6 % anual, pagadero por trimestres vencidos. El servicio de amortización se realizará en los meses de Marzo, Junio, Setiembre y Diciembre de cada año, en la forma dispuesta por el artículo 29 de la ley Orgánica del Banco, destinándose a esa amortización los fondos que expresa el artículo 32 de la misma ley.

Artículo 3Artículo 3

Estos títulos llevarán la firma del Presidente y Gerente del Banco en facsímil y la firma del Tesorero de la institución.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 26 de diciembre de 1927Promulgación (8174)
  2. 3 de enero de 1928Publicación (8174)